No cabe duda de que el alcoholímetro se está convirtiendo, cada vez más, en una herramienta muy conveniente, casi imprescindible para los conductores.
Francia ha hecho obligatorio que los conductores lleven uno cuando están conduciendo. En otros casos, se ha hecho también obligatorio que aquellos establecimientos que dispensen bebidas alcohólicas tengan, a disposición de sus clientes un alcoholímetro tipo ‘vending’ que les facilite conocer su tasa de alcoholemia antes de ponerse al volante.
Debido a lo interesante que resulta conocer las disposiciones que regulan esta materia, resumimos un informe que ha elaborado MULTALIA en el que se ponen de manifiesto diversos aspectos que conviene tener muy presentes. Veámoslo.
Conducción bajo los efectos del alcohol: Infracción o delito
El Código Penal castiga a todo aquel que conduzca un vehículo de motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias estupefacientes pudiendo llegar a considerarse este hecho como delito penal.
La conducción con un nivel de alcohol en la sangre superior al permitido puede ser sancionada como una infracción administrativa o tratarse como un delito penal, en función de la cantidad de alcohol ingerido. Relatamos los dos supuestos distintos:
Infracción administrativa
Se castigará como una infracción administrativa a quienes tengan una tasa de alcohol de entre 0,25 y 0,5 mg/l de aire aspirado:
- Estos serán sancionado con la multa de 500 euros y la retirada de 4 puntos.
- Se impondrá una sanción de 1.000 euros en el supuesto de que el conductor ya hubiera sido sancionado el año inmediatamente anterior.
Delito penal
Existen dos supuestos:
1- Delito por ingesta de alcohol
El Código Penal recoge este supuesto como tipo delictivo cuando el que condujere cuente con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.60 mg/l o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1.2 gramos por litro.
Si esto ocurre, será castigado con:
- penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- privación del derecho a conducir por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
En este caso los Agentes pasaran las actuaciones al Juzgado y al conductor le citarán para un juicio rápido, en el cual si el acusado acepta los hechos la condena se le reduce en un tercio, luego la pena mínima en retirada de carné, sería de 8 meses y un día.
2- Delito por poner en peligro la vida o integridad de las personas
Cuando un conductor ha ingerido bebidas alcohólicas o estupefacientes y ponga en peligro la vida o integridad de las personas, al circular con un exceso de velocidad desproporcionado respecto a los límites establecidos, será denunciado penalmente por un delito de temeridad manifiesta.
En este caso, si la alcoholemia va unida al exceso de velocidad, la situación se agravará y el conductor será castigado con:
- la pena de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses
- privación del derecho a conducir por tiempo superior a uno y hasta seis años.
En este caso, los Agentes pasarán las actuaciones al Juzgado y el conductor será inculpado por un delito de temeridad manifiesta.
La prueba de alcoholemia
El conductor tiene derecho a solicitar la prueba dos veces con un intermedio de tiempo de al menos 10 minutos, y si no estuviese de acuerdo con los resultados obtenidos podrá solicitar un análisis de sangre, que en el caso de que dé positivo, los gastos correrán a su cargo.
El negarse a someterse a un control de alcoholemia es una infracción muy grave. Por su parte, el Código Penal (art. 383) castiga como autor de un delito de desobediencia grave al conductor que requerido por el agente de la autoridad se negase a someterse a las pruebas legalmente establecidas con:
- la pena de prisión de seis meses a un año.
- privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
La importancia de contar con un alcoholímetro
Ante el creciente número de infracciones de este tipo y las graves consecuencias acaecidas, la ley ha modificado la multa por alcohol y drogas, estableciendo un mayor control de los conductores y un aumento de las sanciones.
Además, debemos ser conscientes de que el alcohol y las drogas están detrás del 43% de los accidentes mortales en carretera y que es necesario aumentar el reproche hacia este tipo de conductas.
Todo ello, aúna la necesidad de contar con un alcoholímetro para proteger la seguridad de los conductores y de los pasajeros. En Adtecso, disponemos de una amplia gama de alcoholímetros de uso personal tanto desechables como digitales, de uso profesional, así como tests de drogas.